La Responsabilidad Social Corporativa (RSC) ha recorrido un largo camino desde sus orígenes filantrópicos hasta convertirse en un campo regulado por marcos normativos cada vez más exigentes. En este proceso, la debida diligencia en derechos humanos se ha consolidado como un pilar central de la RSC, al ofrecer un enfoque estructurado que permite a las empresas identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas por los impactos adversos reales o potenciales sobre los derechos humanos a lo largo de sus cadenas de valor. Este concepto, hoy ampliamente reconocido en las agendas empresariales y políticas, tiene sus raíces en estándares voluntarios y marcos internacionales promovidos desde la década de 1970 por organismos multilaterales, organizaciones de normalización y la comunidad internacional. A partir de estas bases, la debida diligencia ha evolucionado hacia instrumentos jurídicamente vinculantes, dando lugar a las primeras leyes nacionales en Europa y sentando las bases del actual giro normativo en el seno de la Unión Europea.
Uno de los antecedentes más influyentes en este recorrido fue la adopción en 1976 de las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. Estas recomendaciones gubernamentales, de carácter voluntario, tienen como objetivo fomentar una conducta empresarial responsable en áreas clave como derechos humanos, trabajo, medio ambiente, lucha contra la corrupción, protección al consumidor y divulgación de información. Desde su adopción, las directrices han sido revisadas periódicamente para responder a nuevos desafíos globales. La versión más reciente, publicada en 2023, introduce recomendaciones actualizadas en materia de integridad empresarial, biodiversidad, tecnología, conducta climática y debida diligencia a lo largo de las cadenas de suministro, consolidando su relevancia como marco de referencia internacional.
Paralelamente, durante los años ‘90 y 2000, comenzaron a desarrollarse normas técnicas y de gestión que, si bien no tenían fuerza legal, ofrecían metodologías prácticas para estructurar políticas de RSC. La norma SA8000 (1997), por ejemplo, proporciona un modelo de certificación para asegurar condiciones laborales dignas en las cadenas de producción. Por su parte, la guía ISO 26000 (2010) no es certificable, pero ofrece un marco orientativo para integrar la responsabilidad social en las operaciones de las organizaciones. A este conjunto se suman la especificación IQNet SR10, que adapta los principios de la ISO 26000 a un sistema de gestión auditado, y la ISO 20400 (2017), dirigida específicamente a fortalecer la sostenibilidad en las decisiones de compra. Estas herramientas marcaron un punto de inflexión al permitir que las empresas empezaran a formalizar su compromiso social a través de modelos de gestión concretos, aunque aún de forma voluntaria.
El salto cualitativo se produjo en 2011 con la adopción de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de Naciones Unidas, aprobados por unanimidad por el Consejo de Derechos Humanos. Este marco global se articula en tres pilares fundamentales: el deber del Estado de proteger los derechos humanos, la responsabilidad de las empresas de respetarlos, y el acceso de las víctimas a mecanismos efectivos de reparación. Dentro de este esquema, el segundo pilar define la debida diligencia como el proceso mediante el cual las empresas deben identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas por sus impactos adversos sobre los derechos humanos. Esta obligación se extiende no solo a las operaciones propias, sino también a toda la cadena de valor, exigiendo la implementación de mecanismos de alerta temprana, medidas preventivas eficaces y vías de remediación accesibles.
A pesar de no ser jurídicamente vinculantes, los Principios Rectores han tenido una profunda influencia normativa y política. Su adopción supuso un cambio de paradigma que impulsó la creación de leyes nacionales e iniciativas regionales más ambiciosas.

A partir de 2017, varios Estados europeos comenzaron a traducir estas recomendaciones internacionales en obligaciones legales concretas. Entre ellos, destacan tres legislaciones por su carácter pionero y su notable influencia en el debate normativo europeo. La Ley francesa de Deber de Vigilancia impone a las empresas con al menos 5.000 empleados en Francia (o 10.000 a nivel global) la obligación de publicar un plan para prevenir violaciones graves a los derechos humanos, libertades fundamentales, salud, seguridad y medio ambiente en sus propias actividades, así como en las de sus filiales, subcontratistas y proveedores. Esta normativa fue la primera en exigir legalmente la implementación de mecanismos de debida diligencia, incluyendo sistemas de alerta y evaluación de riesgos. En caso de incumplimiento, y si se produce un daño, la empresa puede enfrentarse a acciones judiciales.
Siguiendo esta línea, Alemania promulgó en 2021 la Ley sobre la Diligencia Debida en las Cadenas de Suministro, que entró en vigor en 2023. Esta legislación obliga a las grandes empresas a implementar procesos de gestión de riesgos destinados a identificar, prevenir y mitigar los impactos negativos en derechos humanos y medioambiente. Asimismo, deben establecer canales de denuncia, adoptar medidas correctivas y reportar anualmente las acciones realizadas. La ley contempla sanciones de hasta un 2 % del volumen de negocios anual en caso de incumplimiento, lo que la convierte en una herramienta reguladora con importantes consecuencias económicas.
Noruega también dio un paso decisivo con la adopción en 2021 de la Ley de Transparencia , en vigor desde julio de 2022. Esta norma exige a las grandes empresas que realicen procesos de debida diligencia en derechos humanos y condiciones laborales, y que informen públicamente al respecto. Las organizaciones están obligadas a publicar un informe anual y a responder solicitudes específicas de información por parte del público. A través de esta exigencia de transparencia, la ley noruega refuerza la rendición de cuentas y el derecho de la ciudadanía a conocer cómo actúan las empresas frente a sus impactos.
Este proceso de consolidación normativa no se ha limitado a la legislación. La OCDE, consciente de la necesidad de apoyo metodológico, complementó sus directrices con herramientas prácticas como la Guía de debida diligencia para una conducta empresarial responsable (2018). Esta publicación traduce las Directrices de 1976 en pasos operativos, proponiendo un enfoque basado en riesgos útil para planificar, implementar y monitorear procesos de debida diligencia. Incluye orientaciones específicas sobre cómo identificar impactos, integrar las acciones en la gobernanza corporativa y fortalecer la comunicación con las partes interesadas. Además, la OCDE ha elaborado guías sectoriales para industrias como la textil, la financiera o la minera, adaptando sus recomendaciones a los desafíos y especificidades de cada sector.
En los últimos años, la Unión Europea ha dado el paso de trasladar al plano normativo las expectativas globales ya consolidadas en materia de sostenibilidad empresarial, mediante la introducción de la Directiva sobre Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD). Esta norma, adoptada en 2024, constituye el esfuerzo más ambicioso a nivel europeo para convertir la debida diligencia en una obligación legal exigible. A través de ella, la Comisión Europea establece un marco común que impone a las grandes empresas la integración sistemática de procesos de identificación, prevención, mitigación y rendición de cuentas frente a los impactos adversos sobre los derechos humanos y el medioambiente en toda su cadena de valor.
Esta directiva marca un verdadero punto de inflexión en la evolución de la responsabilidad empresarial en Europa. Sin embargo, el proceso permanece abierto y sujeto a incertidumbre, especialmente tras la introducción del Paquete Ómnibus, cuyo objetivo de simplificar los requisitos de cumplimiento ha generado preocupación por una posible desalineación con el espíritu y la ambición original de la normativa. En Boleo Global, creemos firmemente que la responsabilidad corporativa y el respeto por los derechos humanos no son solo una obligación ética, sino una ventaja competitiva tangible en un entorno empresarial global cada vez más regulado y expuesto al escrutinio público. Adoptar un enfoque basado en los derechos humanos permite a las empresas anticiparse a riesgos legales, evitar sanciones y litigios, y reducir vulnerabilidades reputacionales asociadas a abusos en la cadena de suministro. Además, fortalece las relaciones con inversores responsables, mejora el acceso a financiación con criterios ESG y aumenta la confianza de clientes y consumidores. Una cadena de valor gestionada desde criterios sociales sólidos también contribuye a la continuidad operativa, minimizando interrupciones derivadas de conflictos laborales, violaciones normativas o crisis reputacionales. A largo plazo, este enfoque favorece la construcción de relaciones comerciales más estables, resilientes y basadas en la transparencia y el respeto mutuo, lo que redunda en mayor eficiencia operativa, legitimidad social y sostenibilidad del negocio. En este escenario de transformación regulatoria, Boleo Global acompaña a las empresas en el diseño e implementación de estrategias que integran los estándares internacionales en derechos humanos como parte esencial de su modelo operativo y de sus procesos de toma de decisiones, facilitando una alineación coherente y sostenible entre el compromiso ético y la gestión empresarial.